martes, 16 de abril de 2019

Procedimiento y obligación de denunciar la violencia familiar

El Área de Niñez, Adolescencia y Familia de la Defensoría del Vecino de Centenario manifestó su preocupación por los procedimientos para denunciar casos de violencia familiar. Propone seguir compartiendo el articulado de la Ley 2785 que contempla la prevención, sanción y erradicación de la violencia familiar y advierte sobre la obligación de denunciar.
Desde el área, apuntan que los procedimientos consisten en formular las denuncias por parte de: 
* Las personas víctimas de violencia familiar, incluyendo abuso sexual, por parte de algunos de los integrantes del grupo familiar; 
* El niño, niña o adolescente, directamente o a través de sus representantes legales;
* Cualquier persona que tenga conocimiento de un hecho de violencia familiar.  

Obligación de denunciar y de preservar la identidad del denunciante 

La persona que con motivo o en ocasión de sus tareas en servicios asistenciales, sociales, educativos o de salud, en ámbito público o privado, tome conocimiento de un acto de violencia familiar, tiene la obligación de realizar la denuncia.
Por otro lado, la ley contempla que por razones de seguridad, los organismos que reciban las denuncias por violencia familiar y los que intervengan en la sustanciación del proceso, deben mantener en reserva la identidad del denunciante. 

   


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