
Desde el área, apuntan que los procedimientos consisten en formular las denuncias por parte de:
* Las personas víctimas de violencia familiar, incluyendo abuso sexual, por parte de algunos de los integrantes del grupo familiar;
* El niño, niña o adolescente, directamente o a través de sus representantes legales;
* Cualquier persona que tenga conocimiento de un hecho de violencia familiar.
Obligación de denunciar y de preservar la identidad del denunciante
La persona que con motivo o en ocasión de sus tareas en servicios asistenciales, sociales, educativos o de salud, en ámbito público o privado, tome conocimiento de un acto de violencia familiar, tiene la obligación de realizar la denuncia.
Por otro lado, la ley contempla que por razones de seguridad, los organismos que reciban las denuncias por violencia familiar y los que intervengan en la sustanciación del proceso, deben mantener en reserva la identidad del denunciante.
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