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miércoles, 10 de octubre de 2018

La Defensoría del Vecino recibirá los reclamos para evitar el aumento del gas

La Defensoría del Vecino de Centenario recibirá desde hoy los reclamos y gestionará el formulario para impugnar el pago de compensación de tarifa de gas que lanzó el gobierno esta semana a través de la resolución N° 20/2018 de la secretaría de Energía de Nación.
El ente gubernamental decidió imponer a los usuarios el pago en cuotas de una compensación  a las distribuidora a partir de enero de 2019, a raíz de la devaluación del peso que afectó a todos los argentinos.
Por eso la ciudadanía podrá hacer el reclamo pidiendo la impugnación a Camuzzi Gas del Sur, completando un formulario que será provisto en esta oficina, que deberán acompañar con una fotocopia de la factura de gas y entregarlo en la sede de la Defensoría del Vecino de Centenario, ubicada en calle Paraguay 64, de lunes a viernes, de 8 a 13.
Como respuesta la Asociación de Defensores del Pueblo de la República Argentina (Adpra) interpuso un recurso jerárquico ante el Ministerio de Hacienda de la Nación impugnando la Resolución 20/2018, por la cual la Secretaría de Energía de la Nación buscó compensar a las empresas productoras de energía por la “marcada variación del tipo de cambio” entre abril y septiembre de este año.
Los Defensores y Defensoras del Pueblo consideran que esta decisión fue arbitraria e inconstitucional, porque viola los principios de la Corte de no confiscatoriedad, proporcionabilidad, previsibilidad y gradualidad. Además, se viola el artículo 17 de la Constitución Nacional y los derechos de los consumidores, configurando en términos de la denuncia del fiscal Guillermo Marijuan abuso de autoridad e incumplimiento de funcionario público.
Entre los argumentos de impugnación se destaca que la medida atenta contra el derecho de propiedad por confiscatoriedad, tutelado en la Constitución Nacional (artículo 17) y consagrado por tratados internacionales.
Agrega que la resolución vulnera el principio de irretroactividad del crédito (artículo 7 de Código Civil y Comercial de la Nación); el derecho a la información (artículo 4) y la ley N° 24240 de Defensa al Consumidor en los artículos 8° bis “sobre dignidad y trato digno” y el artículo 25 de dicha ley en lo atinente a información de la facturación y primacía del consumidor ante ataques de productores o proveedores de bienes y servicios.
La impugnación expresa que la resolución es violatoria de los principios emanados de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que rige en la materia de tarifas, en términos de ‘razonabilidad’, ‘proporcionalidad’, ‘previsibilidad’ y ‘no confiscatoriedad’.
La nota, de carácter individual para los usuarios, “intima” a la empresa a que se abstenga de incluir en las próximas facturas a emitir, un “cargo retroactivo” que se corresponda con el período estacional inmediato anterior.
Ello en virtud –añade- que del principio de seguridad jurídica a la empresa le corresponde la totalidad del mismo, toda vez que las facturaciones anteriores se encuentran íntegramente canceladas, y por ende, extinta la obligación según lo establece el artículo 880 del Código Civil al decir que “el pago realizado por el deudor que satisface el interés del acreedor, extingue el crédito y lo libera”.

http://www.adpra.org.ar/adpra-rechaza-la-resolucion-que-beneficia-a-las-empresas-de-energia/

lunes, 5 de febrero de 2018

Se abrió la inscripción para trámitar la Tarifa Social

La Defensoría del Vecino continuará esta semana la inscripción a la Tarifa Social para que los vecinos que necesiten reducir los costos por el consumo de gas. Solo podrán pedirlo los titulares del servicio.
La directora de Administración de la defensoría local, Nadia Krum, explicó que "el llamado es para quienes incluso para quienes ya percibían el beneficio el año pasado y se la dieron de baja".
En el transcurso de la semana se continuará recepcionando la documentación que luego se enviará a Camuzzi, la prestadora de la zona y, posteriormente a Enargas.
Krum reveló que "el año pasado 3 mil personas de la ciudad las que accedieron al beneficio" y apuntó que "el año pasado los trámites se debían hacer por la web de Enargas y muchos no pudieron acceder al beneficio".
La funcionaria explicó que "el año pasado el trámite lo realizaba la defensoría a través de la página web de Enargas y ADPRA (Asociación de Defensores del Pueblo de la República Argentina) firmó un acuerdo con ese órgano para que se recepcione en cada defensoría la documentación".

¿Quiénes pueden acceder?

A la tarifa social no solo pueden acceder jubilados, también pensionados y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta igual a dos salarios mínimos vital y móvil, que a partir de este 2018 es de $9500.
También lo pueden hacer trabajadores monotributistas inscriptos cuyos ingresos anuales no superen dos veces el salario, beneficiarios de una pensión no contributiva que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el mínimo salario.
Titulares de programas sociales, titular de una pensión vitalicia, contar con el certificado de discapacidad, que el titular o uno de los convivientes tenga una enfermedad cuyo tratamiento indique electroindependencia. Todos deben llevar copia de cada titularidad.
No hay cupos o límites, pero todos deben cumplir con los requisitos que solicita Enargas
“Por medio de este sistema se busca tener un control más estricto, el año pasados no sabíamos si se cargaban bien o no en el sistema, este año se va a detallar porque no se dan los requisitos, hay mucha gente que puede acceder.

miércoles, 1 de noviembre de 2017

Camuzzi respondió con evasivas a los pedidos de la Defensoría

La Unidad de Negocios Neuquén de Camuzzi Gas del Sur S.A. envió una nota a la Directora General de Administración de la Defensoría del Vecino de Centenario en la que respondió con evasivas sobre los pedidos de mejoras en la atención al público para Centenario.
El 4 de setiembre pasado se envió un reclamo tras la acumulación de diferentes pedidos formulado por los vecinos de la ciudad, para pedir por la mejora en la atención al público y pedir que se atienda de lunes a viernes en la oficina de la calle Primeros Pobladores.
Dado que la prestadora no respondió a los pedidos, la Defensoría gestionará un expediente al Enargas (Ente Nacional Regulador del Gas) para buscar soluciones a la deficiente atención a los vecinos de Centenario.
 

jueves, 29 de junio de 2017

Actuación de oficio por mala atención de Camuzzi

El Defensor del Vecino de Centenario, Andrés Peralta, inició esta semana una actuación de oficio por los constantes reclamos de los vecinos por la mala atención y prácticas abusivas en la oficina local de Camuzzi Gas del Sur. Por otro lado y a raíz de esta situación, la defensoría debió enviar por correo postal la documentación para que la empresa pueda dar cuenta de manera fehaciente del reclamo.
Los vecinos vienen reclamando desde hace tiempo por las pésimas condiciones en que se encuentran sus oficinas y la deficiente atención al público. Los argumentos esgrimidos sostienen que cuando hay mucha gente es imposible respirar en el lugar, ya que el espacio es muy reducido y se produce hacinamiento. Esta característica denunciada hace referencia al estado de amontonamiento o acumulación de los usuarios del servicio, todos en el mismo lugar y que no esta debidamente preparado para albergar a las personas. Además no se cumple con los parámetros de comodidad, seguridad e higiene que requiere cualquier oficina pública.
Desde la defensoría se insistió en que se ponga a disposición el Libro de Quejas, Sugerencias y Reclamos, además de la indicación del mismo a través de un cartel ubicado en un lugar visible al público, tal como versa en el articulado de la Ley Provincial 2923.
La norma además se refiere al tiempo de espera excesivo, mala atención por parte de los empleados, falta de respuesta a los reclamos, falta de información sobre los mecanismos en la ejecución del trámite, falta de servicios como carteles indicadores, ascensores, sillas de espera, entre otros. Por otro lado se señala la de falta de atención a mujeres embarazadas, a personas con capacidades diferentes o movilidad reducida, adultos mayores y personas con niños en brazos, por falta de atención por parte del responsable del área, etc.
La defensoría hace saber que en la Ley Provincial 2874 establece en su artículo primero que se consideran prácticas abusivas contrarias a trato digno de los consumidores y usuarios. Por otro lado también se hace referencia a que la atención al público que implique para el usuario permanecer en filas por más de 30 minutos o a la intemperie aunque se provean suficientes asientos, existan instalaciones sanitarias y el orden de atención sea según ticket numerado, todas contrarias a lo establecido en el artículo 8 bis de la Ley Nacional 24240.